En esta sección encontrará las respuestas más frecuentes consultadas por los ciudadanos
1. Bomberos Bogotá dispuso del portal de servicios, a través del cual, y en marco del principio de corresponsabilidad la ciudadanía puede auto gestionar sus trámites, por tanto, y de acuerdo con su solicitud, respetuosamente le invitamos a ingresar a: https://servicios.bomberosbogota.gov.co/home_gdr
2. Recuerde al momento de realizar el registro y solicitud, debe tener los datos del establecimiento e ingresar la información clara y correcta, ya que de esta depende el adecuado trámite de su requerimiento, Si requiere soporte en el portal por favor comuníquese al número 601 382 25 00 Ext. 40101, 40104, 40102; celular 316 473 95 99, de 08:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00pm a 4:00pm y al WhatsApp +573174043709.
3. En los puntos de atención donde la entidad hace presencia, se brindará información de los trámites, la gestión para la liquidación, radicación y expedición del concepto técnico se realizará a través del portal de servicios.
Después de enviada la solicitud los tiempos de respuesta se establecen entre 1 a 15 días hábiles.
sin embargo, debido a las diferentes situaciones que se puedan presentar este tiempo puede variar y la respuesta puede superar estos 15 días.
En los puntos de atención donde la entidad hace presencia,
Edificio comando Calle 20 No. 68 A – 06, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
SuperCade: CAD Carera 30: Carrera 30 No 25 – 90
SuperCade: Suba: Avenida Calle 145 No. 103B – 90
SuperCade: Américas: Carrera 86 No. 43-55 sur
Horario: Red CADE de Días hábiles de lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 a.m.
La gestión para expedición del concepto técnico se realizará a través del portal de servicios: https://servicios.bomberosbogota.gov.co/home_gdr
Recuerde al momento de realizar el registro y solicitud, debe tener los datos del establecimiento e ingresar la información clara y correcta, ya que de esta depende el adecuado trámite de su requerimiento, Si requiere soporte en el portal por favor comuníquese al número 601 382 25 00 Ext. 40101, 40102 y a través del enlace https://bogota.gov.co/sdqs/
Para facilitar la gestión le sugerimos seguir las instrucciones del vídeo:
Se está brindando información a través de nuestras líneas telefónicas: 3822500 Ext 40101, 40104, 40102; celular 316 473 95 99, de 08:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00pm a 4:00pm
Para los establecimientos clasificados en riesgo moderado y alto, una vez el área técnica haga entrega de los conceptos físicos de servicio a la ciudadanía, se citará al ciudadano a través del correo electrónico para la entrega del mismo al propietario del establecimiento en el Edificio Comando Cl 20 # 68ª -06, de lunes a viernes en los horarios de 08:00 am 4:00pm.
Tenga en cuenta que se atiende en orden de llegada y debe usted disponer de tiempo para la espera. Recuerde que si no es dueño del establecimiento comercial, deber traer una carta de autorización con fotocopia de cédula.
Para los establecimientos clasificados en riesgo bajo, una vez realicen la capacitación virtual y el diligenciamiento del formulario de auto revisión, podrán descargar el concepto a través del portal de servicios.
El Concepto Técnico de Bomberos es la apreciación técnica emitida por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá D.C., a través de la cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en los establecimientos de comercio, las edificaciones constituidas como propiedad horizontal y establecimientos del distrito.
El concepto de inspección técnica no tiene costo.
El Acuerdo Distrital 927 del 07 de junio del 2024, Parágrafo 2 del Artículo 290 establece: elimínese el cobro del concepto de inspección técnica y en consecuencia deróguese el literal a) del artículo 28 del acuerdo 11 de 1998 y el parágrafo del artículo 2 del acuerdo 9 de 1992.
Es la revisión sobre planos de condiciones de seguridad humana y sistemas de protección contra incendio, que incluyen la revisión del Diseño Arquitectónico: Diseño espacial de un proyecto dentro del cual se establecen áreas, espacios, circulaciones, pasillos, escaleras, rampas, puertas, salidas, cargas ocupacionales, materiales, acabados, etc. Diseño hidráulico del sistema de protección contra incendio: diseño de todas las redes hidráulicas dispuestas para el proyecto desde la acometida hasta los puntos finales, pasando por los sistemas de almacenamiento, distribución, presión, etc., especificando además los diámetros y materiales de tuberías.
COMO ACCEDER AL SERVICIO:
Realizar la solicitud de revisión de los siguientes documentos:
a. Recibo de consignación
c. Formato de radicación: https://www.bomberosbogota.gov.co/sites/default/files/Documentacion/for-cr-09-02_radicacion_de_documentos_v3.pdf
2. REALICE LA LIQUIDACION PARA EL PAGO DE LA REVISION DE SU PROYECTO MEDIANTE EL RECIBO CON CODIGO DE BARRAS. Solicitar la liquidación respectiva a través del siguiente enlace
Conceptos e Inspecciones Técnicas Bogotá Te Escucha
3. RADICACIÓN: Una vez realizado el pago deberá dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 Nº 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada
4. EMISIÓN DE CONCEPTO: Si el proyecto aún no está construido se emitirá el concepto una vez se cuente con toda la documentación solicitada durante los 40 días hábiles siguientes
NORMATIVA APLICABLE:
Los proyectos se revisarán de acuerdo a la normativa vigente conforme a la construcción y/o modificación del mismo, por lo tanto, a nivel general se revisará Acuerdo 20 de 1995, NSR-98 y/o NSR10 según aplique al proyecto, así como las normas técnicas colombianas que la respectiva norma lo exija.
Más Información: Oficina de Servicio al Ciudadano Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda Teléfono: 3822500 Ext. 40101.
El concepto técnico tiene vigencia de un (1) año a partir de la fecha de expedición.
La información puede ser consultada en el Acuerdo 20 de 1995, NSR-98 y NSR10:
La expedición de la constancia de prestación de un servicio por parte de Bomberos de Bogotá, será emitido por el equipo de investigación de incendios, para ello se debe radicar una carta indicando día, lugar del incidente, así como los datos de la persona a contactar (Nombres y Apellidos, Dirección de Notificación, Número Fijo y/o Celular), los canales de atención para realizar la solicitud son los siguientes:
Calle 20 No. 68 A-06, radicación, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m.
Correo electrónico: correspondencia@bomberosbogota.gov.co, diligenciando el siguiente formulario a través del enlace
http://www.bomberosbogota.gov.co/govi-sdqs/crear
No, ningún trámite ni servicio de la UAECOB requiere de intermediarios, tenga en cuenta que Bomberos Bogotá dispone de varios canales de atención de fácil acceso para atenderlo con gusto
Si, Conforme al Decreto Distrital 847 de 2019 en el Capítulo tercero: “En todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal”. En la UAECOB la figura de la defensoría a la ciudadanía se encuentra designada en la DRA. Fátima Verónica Quintero Núñez subdirector de Gestión Corporativa, a quien se puede contactar a través del correo electrónico defensoralciudadano@bomberosbogota.gov.co
SOBRE EL TRAMITE DE DERECHOS DE PETICIÓN:
Petición |
¿Qué es? |
¿Cuándo debe resolverse? |
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Derecho de petición en interés general |
Solicitud que una persona o una comunidad presenta ante las autoridades para que se preste un servicio o se cumpla una función propia de la entidad, con el fin de resolver necesidades de tipo comunitario. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Derecho de petición en interés particular |
Solicitud que una persona hace ante una autoridad, con el fin de que se le resuelva determinado interrogante, inquietud o situación jurídica que sólo le interesa a él o a su entorno. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Queja |
Manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Reclamo |
Manifestación de inconformidad, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Sugerencia |
Manifestación de una idea, opinión, aporte o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Denuncia por posibles actos de corrupción |
Manifestación que puede realizar cualquier ciudadano para enterar a las autoridades de la existencia de hechos contrarios a la ley, incluidos los relacionados con contratación pública, con el fin de activar mecanismos de investigación y sanción. Dar a conocer conductas constitutivas en faltas disciplinarias por incumplimiento de deberes, extralimitación de funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses de un servidor público. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Felicitación |
Manifestación de un ciudadano en la que expresa la satisfacción con motivo de algún suceso favorable para él, con relación a la prestación del servicio por parte de una entidad pública. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción. |
Solicitud de acceso a la información |
Facultad que tiene la ciudadanía de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas, solicitud de registros, informes, datos o documentos producidos o en posesión control o custodia de una entidad. |
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recepción. |
Solicitud de copias |
Reproducción y entrega de documentos que no tengan el carácter de reservado al interior de una entidad como expedientes misionales, jurisdiccionales o administrativos. Cuando la información solicitada repose en un formato electrónico, y el solicitante así lo manifieste, se podrá enviar por este medio y no se le cobrará costo de reproducción excepto si lo solicita en CD, DVD u otro formato. Cuando el volumen de las copias es significativo se podrán expedir, a costas del solicitante, según los costos de reproducción de cada entidad. |
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recepción. |
Consulta |
Solicitud de orientación a las autoridades en relación con las materias a su cargo, cuya respuesta no tiene efectos jurídicos directos sobre el asunto que trata, por lo tanto, no es de obligatorio cumplimiento.8 |
Dentro de los 30 días hábiles siguientes a su recepción. |