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Preguntas y respuestas frecuentes

En esta sección encontrará las respuestas más frecuentes consultadas por los ciudadanos

1. ¿Qué debo hacer para solicitar y gestionar el concepto técnico?

  • 1. Bomberos Bogotá dispuso del portal de servicios, a través del cual, y en marco del principio de corresponsabilidad la ciudadanía puede auto gestionar sus trámites, por tanto, y de acuerdo con su solicitud, respetuosamente le invitamos a ingresar a: https://servicios.bomberosbogota.gov.co/home_gdr

    2. Para facilitar la gestión le sugerimos seguir las instrucciones del vídeo:

    3. El pago se debe realizar únicamente en una sucursal del Banco de Occidente y el recibo se debe cargar en el portal con el timbre debidamente digitalizado y legible.

    4. Recuerde al momento de realizar el registro y solicitud, debe tener los datos del establecimiento e ingresar la información clara y correcta, ya que de esta depende el adecuado trámite de su requerimiento, Si requiere soporte en el portal por favor comuníquese al número 601 382 25 00 Ext. 40104 o a través del correo tramiteconceptos@bomberosbogota.gov.co

    5. En los puntos de atención donde la entidad hace presencia, se brindará información de los trámites, la gestión para la liquidación, radicación y expedición del concepto técnico se realizará a través del portal de servicios. 

2. ¿Cuánto es el tiempo de respuesta para la solicitud realizada al correo tramiteconceptos@bomberosbogota.gov.co?

3. ¿Se está presentando atención presencial?

  • En los puntos de atención donde la entidad hace presencia, se brindará información de los trámites, la gestión para la liquidación, radicación y expedición del concepto técnico se realizará a través del portal de servicios: https://servicios.bomberosbogota.gov.co/home_gdr

    Recuerde al momento de realizar el registro y solicitud, debe tener los datos del establecimiento e ingresar la información clara y correcta, ya que de esta depende el adecuado trámite de su requerimiento, Si requiere soporte en el portal por favor comuníquese al número 601 382 25 00 Ext. 40104 o a través del correo tramiteconceptos@bomberosbogota.gov.co

    Para facilitar la gestión le sugerimos seguir las instrucciones del vídeo:

4. ¿Se está atendiendo telefónicamente?

  • Se está brindando información a través de nuestras líneas telefónicas: 3822500 Ext 40101, 40104, 40102, 40110, 40111 y 40113; celular 316 473 95 99, de 08:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00pm a 4:00pm

5. ¿Cómo se puede reclamar un concepto técnico de Bomberos?

  • Para los establecimientos clasificados en riesgo moderado y alto, una vez el área técnica haga entrega de los conceptos físicos de servicio a la ciudadanía, se citará al ciudadano a través del correo electrónico para la entrega del mismo al propietario del establecimiento en el Edificio Comando Cl 20 # 68ª -06, de lunes a viernes en los horarios de 08:00 am 4:00pm.

    Tenga en cuenta que se atiende en orden de llegada y debe usted disponer de tiempo para la espera. Recuerde que si no es dueño del establecimiento comercial, deber traer una carta de autorización con fotocopia de cédula.

    Para los establecimientos clasificados en riesgo bajo, una vez realicen la capacitación virtual y el diligenciamiento del formulario de auto revisión, podrán descargar el concepto a través del portal de servicios.

6. ¿Qué es el concepto técnico de Bomberos?

  • El Concepto Técnico de Bomberos es la apreciación técnica emitida por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá D.C., a través de la cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en los establecimientos de comercio, las edificaciones constituidas como propiedad horizontal y establecimientos del distrito.

7. ¿Cómo se determina el monto total a pagar por la visita de inspección técnica?

  • El valor a cancelar será el contemplado en el Acuerdo 11 de 1988, Capítulo IV, y el acuerdo 9 de 1992:

    •   Régimen común y régimen simplificado: El valor a pagar es el equivalente al uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior más el equivalente a un (1) salario mínimo diario por cada establecimiento.

    •   Establecimientos nuevos (primer año agradable de existencia) o no obligados a declarar: El valor a pagar es el equivalente a 2 salarios mínimos diarios, éste monto debe ser cancelado por cada sucursal que tenga el establecimiento.

    NOTA: Tenga en cuenta que los pagos únicamente lo pueden realizar en las ventanillas del banco de occidente, ningún funcionario está autorizado a recibir dinero.

8. ¿Qué es la revisión de proyectos y como se puede acceder?

  • Es la revisión sobre planos de condiciones de seguridad humana y sistemas de protección contra incendio, que incluyen la revisión del Diseño Arquitectónico: Diseño espacial de un proyecto dentro del cual se establecen áreas, espacios, circulaciones, pasillos, escaleras, rampas, puertas, salidas, cargas ocupacionales, materiales, acabados, etc. Diseño hidráulico del sistema de protección contra incendio: diseño de todas las redes hidráulicas dispuestas para el proyecto desde la acometida hasta los puntos finales, pasando por los sistemas de almacenamiento, distribución, presión, etc., especificando además los diámetros y materiales de tuberías.

    COMO ACCEDER AL SERVICIO:

    1. Realizar la solicitud de revisión de los siguientes documentos:

    a. Recibo de consignación

    1. https://www.bomberosbogota.gov.co/sites/default/files/Documentacion/for-cr-09-01_inscripcion_v3.pdf

    c. Formato de radicación: https://www.bomberosbogota.gov.co/sites/default/files/Documentacion/for-cr-09-02_radicacion_de_documentos_v3.pdf

    2. REALICE LA LIQUIDACION PARA EL PAGO DE LA REVISION DE SU PROYECTO MEDIANTE EL RECIBO CON CODIGO DE BARRAS. Solicitar la liquidación respectiva a través del siguiente enlace

    Conceptos e Inspecciones Técnicas​  Bogotá Te Escucha

     

    3. RADICACIÓN: Una vez realizado el pago deberá dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano ubicada en la Calle 20 Nº 68A-06 con el recibo de pago y la documentación solicitada

    4. EMISIÓN DE CONCEPTO: Si el proyecto aún no está construido se emitirá el concepto una vez se cuente con toda la documentación solicitada durante los 40 días hábiles siguientes

    NORMATIVA APLICABLE:

    Los proyectos se revisarán de acuerdo a la normativa vigente conforme a la construcción y/o modificación del mismo, por lo tanto, a nivel general se revisará Acuerdo 20 de 1995, NSR-98 y/o NSR10 según aplique al proyecto, así como las normas técnicas colombianas que la respectiva norma lo exija.

    Más Información: Oficina de Servicio al Ciudadano Calle 20 No. 68 A - 06 Puente Aranda Teléfono: 3822500 Ext. 40101.

9. ¿Cuál es la vigencia que tiene el concepto técnico de bomberos?

10. ¿Qué adecuaciones se tienen que realizar para las visitas de inspección?

11. ¿Cómo se puede solicitar una constancia de atención de una emergencia?

12. ¿Los trámites y servicios de la UAECOB requieren intermediarios?

13. ¿Existe una defensoría a la ciudadanía?

  • Si, Conforme al Decreto Distrital 847 de 2019 en el Capítulo tercero: “ En todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal”. En la UAECOB la figura de la defensoría a la ciudadanía se encuentra designada en la Dra. Amalin Ariza Mahaud, Subdirectora de Gestión Corporativa, a quien se puede contactar a través del correo electrónico defensoralciudadano@bomberosbogota.gov.co

14. ¿Cuáles son los diferentes tipos de peticiones?

  • SOBRE EL TRAMITE DE DERECHOS DE PETICIÓN:

    Petición

    ¿Qué es?

    ¿Cuándo debe resolverse?

    Derecho de petición en interés general

    Solicitud que una persona o una comunidad presenta ante las autoridades para que se preste un servicio o se cumpla una función propia de la entidad, con el fin de resolver necesidades de tipo comunitario.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.           

    Derecho de petición en interés particular

    Solicitud que una persona hace ante una autoridad, con el fin de que se le resuelva determinado interrogante, inquietud o situación jurídica que sólo le interesa a él o a su entorno.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.

    Queja

    Manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus

    funciones.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.            

    Reclamo

    Manifestación de inconformidad, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.

    Sugerencia

    Manifestación de una idea, opinión, aporte o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.

    Denuncia por posibles actos de corrupción

    Manifestación que puede realizar cualquier ciudadano para enterar a las autoridades de la existencia de hechos contrarios a la ley, incluidos los relacionados con contratación pública, con el fin de activar mecanismos de investigación y sanción. Dar a conocer conductas constitutivas en faltas disciplinarias por incumplimiento de deberes, extralimitación de funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses de un servidor público.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.            

    Felicitación

    Manifestación de un ciudadano en la que expresa la satisfacción con motivo de algún suceso favorable para él, con relación a la prestación del servicio por parte de una entidad pública.

    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.

    Solicitud de acceso a la información

    Facultad que tiene la ciudadanía de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas, solicitud de registros, informes, datos o documentos producidos o en posesión control

    o custodia de una entidad.

    Dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recepción.

    Solicitud de copias

    Reproducción y entrega de documentos que no tengan el carácter de reservado al interior de una entidad como expedientes misionales, jurisdiccionales o administrativos. Cuando la información solicitada repose en un formato electrónico, y el solicitante así lo manifieste, se podrá enviar por este medio y no se le cobrará costo de reproducción excepto si lo solicita en CD, DVD u otro formato. Cuando el volumen de las copias es significativo se podrán expedir, a costas del solicitante, según los costos de reproducción de cada entidad.

    Dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recepción.            

    Consulta

    Solicitud de orientación a las autoridades en relación con las materias a su cargo, cuya respuesta no tiene efectos jurídicos directos sobre el asunto que trata, por lo tanto, no es de obligatorio cumplimiento.8

    Dentro de los 30 días hábiles siguientes a su recepción.            

     

Información sobre decisiones que puede afectar al público