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Defensoría de la Ciudadanía

Defensoría de la Ciudadanía

La figura de la Defensoría de la Ciudadanía en la UAECOB actúa como facilitadora ante controversias que surjan entre la ciudadanía y la Unidad, es importante destacar que la defensoría no reemplaza los canales de interacción ciudadana para interponer sus peticiones.

Defensora de la Ciudadanía: Amalin Ariza Mahuad
Teléfono: 3 822 500 Ext. 40100
Correo electrónico: defensoralciudadano@bomberosbogota.gov.co

Normatividad:
Decreto Distrital 392 de 5 de octubre de 2015 “Por medio del cual se reglamenta la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, de la Alcaldía Mayor de Bogotá https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63143
Resolución 123 de 18 de febrero de 2016, “Por medio de la cual se y reglamenta la figura del defensor (a) de la ciudadanía en la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos y se dictan otras disposiciones”
Resolución Interna 1358 del 3 de diciembre de 2020 "Por la cual se actualiza la figura del defensor de la ciudadanía de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos"

¿Cuándo acudir a la Defensoría de la Ciudadanía de la UAECOB?
Podrá comunicarse con la Defensoría de la Ciudanía, cuando se presenten situaciones como:

a) Cuando se incurre en posibles incumplimientos en las decisiones legales que rigen en la UAECOB.
b) Cuando se haya sufrido un tratamiento negligente, incorrecto o no ajustado al derecho que nos regula.
c) Cuando transcurrido el plazo legal desde la presentación de una petición, queja, reclamo o sugerencia, no se ha emitido respuesta a la misma por parte de la UAECOB.
d) Por considerar que ha sido vulnerado algún derecho ciudadano/a, conforme a los establecidos en la UAESCOB (Carta de trato digno).
e) Cuando se aporten sugerencias que permitan mejorar los trámites y servicio de la UAECOB.

Funciones de la Defensoría de la Ciudadanía UAECOB:

a). Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía.
b). Formular recomendaciones al Representante Legal d la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración.
c). Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios con base en el informe que sobre el particular elabora la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga de sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad.
d). Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía general.
e). Proponer la utilización de dientes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de información y comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos.

  • Resolución No. 1358 DE 2020
  • Cartilla Protocolo de Servicio y Atención al Ciudadano